El seguro de D&O está diseñado para proteger los bienes personales de los consejeros y directivos de las empresas; éste se puede considerar como el seguro de errores y omisiones para consejeros y funcionarios.
Con mayor frecuencia se imputa responsabilidad personal a consejeros y funcionarios con base en:
- Decisiones que afectan el patrimonio de los accionistas de la empresa, los empleados o de cualquier otro tercero incluyendo competidores, acreedores, proveedores y reguladores.
- Violaciones no dolosas a diferentes disposiciones legales.
- Demandas de sus empleados.
Con el seguro de D&O, los ejecutivos pueden tomar decisiones con tranquilidad ya que transfieren los riesgos relacionados a una posición directiva, así estarán concentrados en sus actividades y no en los riesgos a los que se exponen en su día a día. Además, este seguro es una ventaja competitiva para retener a los mejores talentos.
Nuestra propuesta.
Mediante el seguro de D&O, la empresa asegurada le otorga a su equipo directivo tranquilidad para actuar, ya que la aseguradora ofrece los mejores abogados para defenderlos y el soporte financiero para pagar una sentencia o fallo en su contra.
La propuesta tiene las siguientes ventajas:
- La ley contempla la posibilidad de separar a los consejeros y funcionarios temporalmente de su trabajo si alguien los demanda; en este caso, la aseguradora ofrece a los consejeros y funcionarios un pago mensual, individual y directo en caso de separación del cargo o incluso por congelamiento de bienes.
- La aseguradora pone a los mejores abogados a disposición de la empresa asegurada, además del pago de fianzas (no garantías) y otros gastos derivados del litigio.
- Facilidad de contratación: para la evaluación del riesgo, solicita la aseguradora el llenado de un cuestionario simplificado.
- Este seguro es adaptable a cualquier tipo de empresas: privadas, públicas, asociaciones, fundaciones sin fines de lucro, (excepto sector gobierno).
Coberturas:
- Responsabilidad civil de Consejeros y Funcionarios ante pérdidas financieras reclamadas por un tercero derivado de errores u omisiones en la toma de decisiones corporativas.
- Extensión del periodo adicional de declaración por 1 o hasta 5 años para reportar reclamaciones ocurridas mientras la póliza estaba vigente.
- Pérdidas financieras ocurridas por reclamaciones contra bienes conyugales del asegurado.
- Pérdidas financieras contra bienes, herederos o representantes legales del asegurado.
- Pérdidas financieras a consecuencia de un acto culposo o supuestamente cometido por un consejero o funcionario de una entidad externa por petición o instrucción específica de la compañía.
- Reclamaciones por prácticas laborales, por ejemplo: incumplimiento del contrato laboral, real o supuesta indebida terminacion de relacion laboral, incumplimiento de leyes, entre otras.
- Gastos de defensa ante reclamaciones en su contra.